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domingo, 27 de octubre de 2013

Los divorciados y la comunión: Joxe Arregi

Ya lo sabíamos. El Derecho Canónico es tajante al respecto, y Juan Pablo II lo dejó bien claro. Pero he aquí que, en contra de los nuevos aires que soplan en los últimos meses, han llegado de Roma directrices que definen con cruda precisión los límites y las condiciones para que un divorciado pueda comulgar. En el vocabulario católico, "comulgar" significa recibir la comunión en la misa, comer el pan que es cuerpo de Jesús, que es cuerpo de Dios o del Amor o de la Vida sin frontera.


Pues no. Gerhard Müller, prefecto de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, ha vuelto a escribirlo en un artículo de L'Osservatore Romano, diario oficial del Vaticano: ningún sacerdote debe dar la comunión a una persona divorciada que viva con otra y tenga con ella relaciones sexuales, a no ser que…

A no ser que muestre "arrepentimiento por lo ocurrido" y se confiese. Si se arrepiente y se confiesa, el sacerdote puede darle la absolución y luego la comunión. Pero con una condición: que la pareja se comprometa a "vivir juntos como amigos, como hermano y hermana", es decir, sin mantener relaciones sexuales. Cómo se las haya de arreglar el sacerdote para averiguar si la pareja tiene solo relaciones de hermanos o también de pareja, eso no se nos explica, pero se supone que tendrá que preguntárselo. Si, divorciados o no, defrauden a Hacienda, sobre eso nadie preguntará. Vuelve, o no se había ido, lo que el papa Francisco ha llamado "obsesión" del sexo.

La Iglesia jerárquica "acoge" a los divorciados, pero les niega la comunión. Es como si una madre dijera a un hijo, a una hija divorciada que vive con otro: "Puedes venir a casa, pero lo siento, no puedes entrar. O sí, puedes entrar, pero sin sentarte a la mesa. Puedes estar con nosotros, pero sin comer, hablar, cantar, reír, llorar con nosotros". ¿Puedes imaginar una madre así? ¿Puedes imaginar un Jesús así? ¿Puedes aceptar una Iglesia que diga a una pareja de divorciados -"con misericordia", eso sí-: "No sois de los nuestros, no sois de los justos"?

La indisolubilidad del matrimonio viene a ser más importante que la comunión. Para justificar la indisolubilidad del matrimonio, el Cardenal Prefecto apela a la tradición y a la voluntad de Dios. Como si la tradición fuera voluntad de Dios. Jesús lo negó expresamente y la historia de la Iglesia está repleta de tradiciones que dejaron de ser "voluntad de Dios". Afortunadamente. ¿Cómo podría ser de otra forma una tradición viva?

De hecho, en la historia de la Iglesia hay incontables excepciones de dicha indisolubilidad, empezando desde el mismo San Pablo y el Evangelio de Mateo. Lo que pasa es que se recurrió a un subterfugio: para concluir que un matrimonio ya no existe, se dice que nunca existió, que nunca hubo sacramento, que era inválido o "nulo" desde su origen. Cosas del Derecho Canónico.

Pues bien, a comienzos de este mismo año, en una alocución dirigida a los jueces que dirimen las causas de nulidad matrimonial, Benedicto XVI los invitó a examinar si la falta de fe de los novios no puede ser considerada como causa suficiente de nulidad del matrimonio. ¿Y la falta de fe de los ya casados? ¿Y su falta de amor? "Nulo" o "disuelto", llámalo como quieras, pero un matrimonio sin amor ya no es sacramento de Dios o de la Vida, diga lo que diga el Derecho Canónico.

Si, por la razón que fuere -¿quién es quién para juzgar a nadie?-, tu matrimonio o tu vida de pareja se había roto, y la Vida te ofreció la gracia de hacer más llevadera la herida y más dulce la vida, da gracias a la Vida y vívela con humildad, con gratitud, con confianza. Y si algún sacerdote te niega la comunión, no pierdas la paz. Jesús está con vosotros allí donde gozáis y sufrís. La Vida os acompaña. Dios, que es como decir la Vida, se os da a comulgar en el pan, en los besos o en los hijos que compartís cada día. Cuidaos y comulgad en paz en la misa o en vuestra casa.

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